Controlador Aéreo

El Controlador aéreo es la persona encargada del tránsito de aeronaves en el espacio aéreo de su responsabilidad y en los aeropuertos, de un modo fluido, seguro y ordenado, otorgando a los pilotos las autorizaciones pertinentes y proveyéndoles de las instrucciones e información necesarias, a fin de prevenir colisiones entre aeronaves u obstáculos en el alcance de sus maniobras. Es por tanto el responsable último del control del tránsito aéreo.
En el año 2010 se privatizó el sector del control aéreo en España, siendo la empresa pública o una serie de empresas dentro del sector privado los posibles empleadores de un controlador aéreo en territorio estatal. Para trabajar en cualquiera de los dos lados del sector será necesaria la licencia y el cumpliendo de una serie de requisitos que pueden variar según el empleador, proveedor del servicio.

PERFIL PROFESIONAL

PERFIL PROFESIONAL

Entre las cualidades que debe tener la persona que acceda a esta profesión están:

 

  • Agilidad mental para procesar información y capacidad para dar respuestas eficaces en un corto periodo de tiempo
  • Atención concentrada y dividida
  • Autocontrol de estrés
  • Capacidad de coordinación y trabajo en equipo
  • Dominio de idiomas
  • Madurez y estabilidad emocional
  • Orientación espacial.
  • Resistencia a la fatiga.
  • Sentido común y prudencia.
  • Templanza frente a situaciones tensas.

SALIDAS PROFESIONALES

Hasta el año 2010, el acceso era mediante selección pública, requiriendo ser mayor de 21 años y 3 años de carrera universitaria. Superada la selección, AENA concedía una beca gratuita de formación durante 18 meses. Superada la formación se obtenía la licencia provisional de controlador aéreo. Superado el proceso, realizado ya en el puesto de trabajo, se obtenía la licencia definitiva. La selección era clara y con casi un 100% de personal empleado en AENA.

A partir de ese año se produce una liberalización del sector, desembocando en que la obtención de la licencia es privada, con un coste que ronda los 75.00€, aunque no servirá si no se completa el proceso de formación en el puesto de trabajo. Las plazas ofertadas en España son muy pocas, por lo que gran número de alumnos-controladores no consiguen ser contratados.

REQUISITOS

Poseer la licencia de controlador de tránsito aéreo (ATCO)

El proceso completo de obtención de la licencia para ejercer como controlador de tránsito aéreo consta de 4 fases fundamentalmente:

  1. Formación Inicial que a su vez consta de dos partes:
    1. Formación Inicial Básica en su mayor parte teórica, común para todos los alumnos controladores.
    2. Formación Inicial de habilitación con parte teórica y parte de formación en simulador, permite en función del curso realizado obtener distintas habilitaciones:
      • Control de aeródromo visual (ADV)
      • Control de aeródromo por instrumentos (ADI), con las anotaciones de habilitación de torre de control (TWR), de control aéreo (AIR) y de control de movimientos en tierra (GMC) y los complementos de anotación de control de radar de aeródromo (RAD) y vigilancia de movimientos en tierra (GMS)
      • Control de aproximación por procedimientos (APP)
      • Control de vigilancia de aproximación (APS), con la anotación de habilitación de control terminal (TCL), de radar de precisión para la aproximación (PAR) y de aproximación con radar de vigilancia (SRA)
      • Control de área por procedimientos (ACP)
      • Control de vigilancia de área (ACS), con la anotación de habilitación de control terminal (TCL) y de control oceánico (OCN)
  2. Expedición de la licencia de alumno controlador aéreo (SATCO).Una ver certificada la superación de la formación inicial, si se cumple con los requisitos especificados en el ATCO.B.001 del Reglamento 2015/340, se solicitará la licencia de alumno controlador aéreo, la cual expedirá la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
  3. Formación de Unidad. Una vez se tenga la licencia de alumno controlador y si se ha superado el proceso selectivo del proveedor de servicios el alumno controlador deberá superar una formación en la unidad que puede constar de hasta 3 partes:
    1. Formación de transición teórica.
    2. Formación en el puesto de trabajo (OJT) con tráfico real y bajo supervisión de un instructor OJTI.
    3. Formación previa a la OJT, solo en determinadas unidades complejas y de tránsito denso.
  4. Expedición de la licencia de controlador de tránsito aéreo (ATCO). Superada la formación de unidad, si se cumple con los requisitos especificados en el ATCO.B.005 del Reglamento 2015/340, se solicitará la licencia de controlador aéreo, la cual expedirá la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

En el siguiente enlace encontrarás los centros autorizados para impartir la formación inicial:
Microsoft Word – 2021-01-29 listado_proveedores_formacion_certificadas.doc (seguridadaerea.gob.es)

Alto nivel de inglés

En estos momentos se exige que todos los pilotos de vuelos internacionales y todos los controladores de tráfico aéreo (ATCO) que presten servicio para vuelos internacionales tengan un nivel mínimo de inglés. Este nivel mínimo de inglés se conoce como el Nivel 4 Operacional de la OACI (equivalente aproximado al B1)


En el siguiente enlace encontrarás los centros autorizados para llevar a cabo la acreditación de este nivel: 20210210_TABLA CECL Español (seguridadaerea.gob.es)

Certificado médico aeronáutico de Clase 3

Los requisitos para la obtención de dicho certificado se encuentran en el Reglamento (UE) 2015/340, así como las limitaciones y exclusiones para su expedición.

Estos certificados serán emitidos por centros autorizados o por médicos examinadores aéreos

OBTENCIÓN DE LA LICENCIA DE CONTROLADOR DE TRANSITO AÉREO: PROCESO DE SELECCIÓN

El proceso para la obtención definitiva de la licencia de controlador de tránsito aéreo con una habilitación y anotación específica, no se completará hasta que, aquella persona titular de la licencia de alumno controlador, complete la formación de unidad en una dependencia de un proveedor de servicios de navegación aérea (ANSP) ya sea una torre o un centro de control. Es decir, haciendo prácticas bajo la supervisión de un controlador-instructor en los tres únicos proveedores que existen en la actualidad en España: ENAIRE, SAERCO y FERRONATS. Si no son seleccionados por alguno de los proveedores de servicio jamás llegarán a convertirse en controladores.
El último proceso de selección llevado a cabo por ENAIRE es en 2019 para cubrir 65 puestos de Controlador de Transito Aéreo con destino en distintos centros de trabajo de ENAIRE dentro del territorio nacional. SAERCO Y FERRONATS ha realizado esporádicamente alguna convocatoria de empleo de muy reducido número.


El proceso selectivo consta de tres fases:

FASE I: FEAST 1 y FEAST 2.

Estos test se realizan en idioma inglés y soporte informático.
Tiene carácter eliminatorio
La prueba FEAST I tiene como objetivo medir las habilidades básicas en materia de toma decisiones, razonamiento lógico, agudeza visual, atención, multitarea, orientación espacial, así como el nivel de inglés.
La prueba FEAST II tiene como objetivo profundizar en la capacidad del candidato para realizar tareas múltiples más complejas, de forma simultánea, como ocurre en el desarrollo de las funciones del controlador de tránsito aéreo.

Fase II : FEAST 3.

Esta prueba, de carácter no eliminatorio, tiene por finalidad medir las características de personalidad relevantes en el desempeño del puesto de trabajo como controlador de tránsito aéreo

Fase III:

Evaluación oral del idioma inglés, evaluación clínica de personalidad y prueba conductual. Consta de:
A. Evaluación oral del idioma inglés: Esta prueba consistirá en una entrevista destinada a medir la capacidad de comprensión, expresión, fluidez y habilidades comunicativas en este idioma, de los candidatos, garantizando que los mismos poseen -al menos- el nivel de referencia de inglés “C1”
B. Evaluación clínica de la personalidad: Consistirá en la realización de pruebas tendentes a determinar la idoneidad y adecuación psicológica de los candidatos, desde el punto de vista clínico, para el adecuado desempeño de la función de controlador de tránsito aéreo, a fin de descartar psicopatologías, conductas desadaptativas y funciones cognitivas anómalas. Esta prueba se calificará como “Apto” y “No Apto”.
C. Prueba conductual: La prueba conductual por competencias estará orientada a valorar el grado de adecuación del candidato al perfil de controlador de tránsito aéreo, compuesto por competencias genéricas y estratégicas requeridas por ENAIRE, así como su interés y motivación

Finalmente, los candidatos seleccionados realizarán una prueba práctica en simulador destinada a identificar a aquellos mejor cualificados para ejercer las funciones de control de vigilancia de Área (ACS) y control de vigilancia de Aproximación (APS)

Modalidades de contratación:

  • Si están en posesión de una licencia civil comunitaria de alumno controlador de tránsito aéreo, se les ofertará un contrato en prácticas, salvo que ello no fuera posible de conformidad con la regulación contenida en el Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, en cuyo caso se les ofertará un contrato de trabajo ordinario y fijo.
  • Si están en posesión de una licencia civil comunitaria de controlador de tránsito aéreo, se les ofertará un contrato de trabajo ordinario y fijo.


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